administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio y en consecuencia queda disuelto el vínculo Matrimonial que unía a los ciudadanos: ANGELA YOXIMAR RODRIGUEZ RODRIGUEZ y JOSE ADELMO SIERO ROMERO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cedulas de identidad números C.I V- N.º V-20.092.045 y Nº V-20.091.797, respectivamente, contraído en fecha veintiuno (21) de Noviembre del año dos mil doce ( 21/11/2012), por ante la oficina del Registro Civil del Municipio Rómulo Gallegos del Estado Apure y que consta en el acta N° 36, de los libros respectivos. En cuanto a bienes que liquidar, no hay liquidación alguna, puesto que no existen gananciales. Expídase las copias certificadas que las partes soliciten y Notifíquese a las partes de la presente decisión. Publíquese y Regístrese la anterior decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Or.....