este tribunal en cuanto a la audiencia de fijación de plazo para la representación del acto conclusivo como deber del Ministerio Publico, el tribunal en consideración al segundo aparte del artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal; fija un plazo de 50 días a los efectos del relativo acto conclusivo. Se ordena la remisión de la presente causa para le Fiscalia Tercera del Ministerio Publico. Se ordena la reemisión de la presente causa para la Fiscalia Tercera del Ministerio Publico. Se declara terminada la audiencia siendo las 10:00 minutos de la mañana. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ DE CONTROL,
Dr. SERVIO TULIO HERNANDEZ
FISCAL III DEL MINISTERO PÚBLICO,
Abg. CARLOS FEBRES.
EL DEFENSRO PUBLICO PENAL,
Abg. OSCAR PARRA.
LOS IMPUTADOS,
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