Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se ADMITE Recurso de Apelación interpuesto por el abogado JOSÉ ANGEL HURTADO, en su carácter de Defensor Privado, contra la sentencia dictada en fecha 01 de Marzo de 2007 y publicada en fecha 15 de Marzo de 2007, por el Tribunal Unipersonal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en la causa 1U-202-03; decisión impugnable y recurrible, conforme al artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Por cuanto no habrá despacho desde el día 14-05-2007 hasta el 18-05-2007, en virtud del permiso de la Dra. Patricia Salazar Loaiza, se acuerda fijar la celebración de la audiencia Oral y Pública para el día 21 de Mayo de 2007 a las 10:30 horas de la mañana, conforme al artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las.....