Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Fundamento en la Ley de Régimen Penitenciario en su Articulo Nº 62, ACUERDA la solicitud de permiso planteada por el Penado: DARWIN GREGORIO AGUIRRE PERALES, titular de la cedula de identidad Nº 19.714.412, para trasladarse hasta el Servicio De Odontología del módulo Ubicado en la Urbanización Terrón Duro de esta ciudad de San Fernando de Apure, con la finalidad de realizarle tratamiento odontológico quirúrgico, debe ausentarse de su sitio de reclusión el día Viernes (08-05-2009) en horas de la mañana, debiendo ingresar ese mismo día una vez finalizada su gestión. Remítase copia de la decisión al Director del Internado Judicial. Cúmplase.
JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,
DRA. YULI BALI ARVELO