PRIMERO: Sin Lugar la apelación interpuesta por el ciudadano JORGE JOSE OLIVERO SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.238.399, asistido por el abogado JHONNY INFANTE, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 138.308.
SEGUNDO: Se confirma la sentencia dictada en fecha 07 de febrero de año 2.013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. Que DECLARO: Sin Lugar la Acción Mero Declarativa de Concubinato, entre los ciudadanos JOSE RUFINO OLIVERO CHOMPRE y MIRELLA AUDELINA BETANCOURT VALDEZ, presentada por el ciudadano JORGE JOSE OLIVERO SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.238.399, asistido por el abogado WILMER J. TOVAR, contra la ciudadana MIRELLA AUDELINA BETANCOURT VALDEZ.
TERCERO: Se condena en costas al apelante de conformidad con el artículo 281 de Código de Procedimiento Civil.