Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Declara:
Único: Se Niega permiso Especial al penado ciudadano: CARLOS ALBERTO ALVARADO ECHENIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.757.001, permiso para asistir como miembro de la Delegación Cultural que representará al Estado Apure en el "II Encuentro Binacional entre Colombia y Venezuela a realizarse en los Municipios Pedro Camejo, Achaguas y Páez, del Estado Apure del 5 al 9 de Julio del año que cursa. Ofíciese. Notifiquese. Cúmplase.-
JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN
ABG. NORKA MIRABAL RANGEL