CAPITULO lV.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriores y cumplidos como están en concordancia con la Sentencia N° 1070, Dictada con Carácter Vinculante dictada por la Sala Constitucional en fecha 09 de Diciembre del año 2016, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ACHAGUAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO el vínculo Matrimonial Civil contraído por los ciudadanos: CARMEN ISMELDA OSORIO RIVAS Y JUAN CARLOS RUBIO RODRIGUEZ, mayores de edad, ambos de nacionalidad venezolana, titulares de las Cédulas de Identidad Nrs V-18.328.869 y
V-28.680.599, respectivamente, ambos con domicilio en la Calle el trébol de la Parroquia, Apurito, de Municipio Achaguas, Estado Apure, según consta del Acta de Matrimonio N° 24 de fecha 16 de Noviembre del año 2.019, Se declara firme esta Sentencia, en .....