DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas y en mérito de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL, DE TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓ N JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA :
PRIMERO: CON LUGAR, la acción de Divorcio por la causal de abandono voluntario, intentada por la ciudadana MARIA JOSEFINA AGUIRRE DE GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.433.059 en contra del Ciudadano PEDRO MANUEL GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.619.198 asistido por el Abogado RAMON ARNOLDO MANZILLA. En consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajo el ciudadano PEDRO MANUEL GOMEZ con la ciudadana MARIA JOSEFINA AGUIRRE DE GOMEZ el día 07 de Abril de 2.009, según consta del acta .....