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Decisiones del dia 04/10/2007 |
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N° Expediente :
875
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N° Sentencia :
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Fecha: 04/10/2007 |
Procedimiento: Unicos Y Universales Herederos |
Partes: ELIA MIREYA POLANCO DE CASTILLO |
Resumen:
ADMINISTRANDO JUSTICIA, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley, declara bastante y suficiente las presentes actuaciones a favor de la ciudadana ELIA MIREYA POLANCO DE CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.671.067, en su condición de Cónyuge del De-Cujus ALONSO ENRIQUE CASTILLO GOMEZ y de los HNOS. (se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente), representados legalmente por su madre antes nombrada, para que reclamen en su condición de "UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS", del De-Cujus ALONSO ENRIQUE CASTILLO GOMEZ sus derechos y acciones que pueda corresponderles con el carácter Cónyuge e hijos del mismo, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano.- Y así se Decide.- Se deja a salvo los derechos a terceros.-
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Juez/Ponente:
Filomena Margarita Castillo de Gallardo
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Organo:
Juzgado de Protección L.O.P.N.A
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N° Expediente :
14.567
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N° Sentencia :
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Fecha: 04/10/2007 |
Procedimiento: 185-A (Divorcio) |
Partes: ALEXIS ANTONIO TOLEDO Y YURMY JILLMAY MALUENGA TORREALBA |
Resumen:
Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de DIVORCIO 185-A instaurada por los ciudadanos ALEXIS ANTONIO TOLEDO y YURMY JILLMAY MALUENGA TORREALBA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 8.162.705 y 8.620.532, respectivamente, y Liquídese la comunidad conyugal.-
SEGUNDO: Ambos padres ciudadanos ALEXIS ANTONIO TOLEDO y YURMY JILLMAY MALUENGA TORREALBA, ejercerán la Patria Potestad y la madre tendrá la Guarda, de conformidad con lo establecido en el artículo 360 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
TERCERO: El padre ciudadano ALEXIS ANTONIO TOLEDO, pasará mensualmente a la madre ciudadana YURMY JILLMAY MALUENGA TORREALBA, la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (BS. 100.000,oo) de Obligación Alimentaria. Y por cuanto las partes no acordaron los aportes extras este Tribunal acuerda de oficio la suma de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 200.000,oo) en el mes de Septiembre para el inicio del año escolar, y la cantidad de TRE.....
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Juez/Ponente:
Filomena Margarita Castillo de Gallardo
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Organo:
Juzgado de Protección L.O.P.N.A
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