El Tribunal visto el pedimento realizado por Experto Fotográfico, le concede el plazo de dos (02) días hábiles para consignar las veinte (20) impresiones fotográficas tomadas en este acto Se deja expresa constancia, que la practica de la presente Medida no causo ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. No siendo otra la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 11:55 a.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez Temporal.
Abg. FRANCISCO JAVIER PADRON.
El solicitante y su Abogado Asistente.
ARGENIS RAFAEL CONTRERA Abg. MANUEL SALVADOR PEREZ B.
El Notificado y su Apoderado Judicial,
RAMEZ AL HOSSIN NASSER Abg. JOSE LUIS QUIÑONES M
El Experto Fot.....