DECISION:
Por tal motivo, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas actuando en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara que tales diligencias resultan suficientes para decretar el TITULO SUPLETORIO de DOMINIO sobre las bienhechurías consistentes; En la solicitud señala: una (01) casa, con las siguientes características: la estructura es de construcción de mampostería y zinc, Con dos (02) habitaciones de Cincuenta metros cuadrados (50 m2) un (01) baño; con una sala; Un Corredor, Una (01) Casa de Zinc y estructura de madera la cual es utilizada como quesera; Tres (03) Potreros Cercados de estantes de madera; alambres de púas de cuatro pelos; Cinco (05) reja de tubos de una sola hoja; de Tres (03) por Uno Veinte (1, 20 m.); Sesenta (60 has) Hectáreas sembradas de pastos artificiales, de la variedad de Humidicola y Bracharia; Un (01) Pozo Profundo d.....