DECLARA: ÚNICO: Admite el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por el ciudadano Abg. Roberto José Sanabria Manosalva, en su condición de Defensor Privado del ciudadano SAAVEDRA PICO MIGUEL ANTONIO, titular de la cedula de identidad N° 15.546.245 en la causa signada bajo el Número 1C-4479-07 el cual fue acumulado a la causa 1C-4175-07 mediante auto de fecha 31-10-07 y en esta Superior Instancia bajo el N° 1Aa-1507-07, contra la decisión dictada en fecha 25-10-2007 por el Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal Extensión Guasdualito, por ser impugnable y recurrible, conforme a lo establecido en el artículo 432 en relación con el 437 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal. Provéase lo conducente. Cúmplase.