este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara Incompetente por el Territorio para conocer de la presente causa y Declina Competencia al Juzgado antes señalado, el cual es el Tribunal considerado competente para conocer de la misma.- Remítase con oficio el expediente original al Tribunal declarado como competente de conformidad con el Artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.- Líbrese oficio.-
La Juez,
Abg. Anaid Carolina Hernández Z.-
La...........
Secretaria,
Abg. Auri Y. Torres L.-