III
Por todas las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Mantecal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, HOMOLOGA EL ACUERDO CONCILIATORIO planteado entre los ciudadanos JESÚS ELADIO FLORES, venezolano el primero de los nombrados, mayor de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-8.194.729 y la ciudadana ELOINA DEL CARMEN ASCANIO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.071.810, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 315, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Regístrese la presente decisión. Extiéndase a las partes que las soliciten, copias certificadas del presente fallo. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Muñoz d.....