En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. DECLARA:
Primero: CON LUGAR LA ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA intentada por la ciudadana NERIDA EVILIA BASTIDAS OJEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 12.322.678, debidamente asistida por los abogados en ejercicio VICTOR JOSE BELLO FINIZOLA y MARIA LAURA CARRILLO MENDOZA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 137.774 y 137.773, en contra del ciudadano MERVIN JOSE ROJAS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V- 7.600.281 respectivamente, por cuanto quedo demostrado en los auto y en la audiencia de juicio la relación de hecho existente entre los ciudadanos NERIDA EVILIA BASTIDAS OJEDA y MERVIN JOSE ROJAS HERNANDEZ, la e.....