PRIMERO: Siendo el Ministerio Público el titular de la acción penal y teniendo el mismo la potestad de solicitar la aplicación del procedimiento ordinario o abreviado, conforme a las previsiones del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este tribunal considera ajustado a derecho la solicitud fiscal y acuerda se prosiga la presente investigación por el procedimiento ordinario y remitir en su oportunidad legal a la fiscalía solicitante
SEGUNDO: En consonancia con los principios Constitucionales de Presunción de Inocencia y Afirmación de libertad, previstos en los artículos 49.2 y 44.1 de la Carta Magna y los artículo 9, 243 y 256 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a los ciudadanos JOVEL ALVAREZ BOTERO, colombiano, natural de Cali,43 años de edad, titular de la cédula de identidad N° E -81.219.642, soltero y residenciado en el barrio ¿San Luis¿,calle el mango, casa numero 43, Maracay Estado. Aragua. MONTES MARTINEZ, SER.....