De conformidad con lo establecido en los artículos 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y el 69 de la Ley de Régimen Penitenciario, que le da facultad ampliadas al Juez de Ejecución para decidir todo lo relacionado con la Libertad de Penado y siendo procedentes el beneficio de: REGIMEN ABIERTO, este Tribunal de Ejecución de Penas Y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, CONCEDE: al penado: ANGEL ALEXANDER LOPEZ SANCHEZ, antes identificado El beneficio de RÉGIMEN ABIERTO, el cual deberá cumplir en el Centro de Tratamiento Comunitario Dr. F.S. Angulo Ariza, ubicado en la Autopista N° 1, sector el recurso, diagonal al Arsenal del Ministerio de la Defensa. Maracay Estado Aragua, donde deberá permanecer hasta el cumplimiento total de la pena. A tal efecto se ordena el traslado del mencionado a dicho centro, el cual se efectuara bajo el órgano legal y seguridades del caso .....