PRIMERO: Desistida La Apelación interpuesta en fecha 19 de mayo de 2.010, por el ciudadano MARINO BORRERO MORALES, titular de la cédula de identidad N° 5.123.430, debidamente asistido por el abogado en ejercicio José Nolberto Moreno Araque, identificado en actas, contra la sentencia dictada en fecha 25-11-2009, ello con fundamento en lo explanado en la motiva del presente fallo.
SEGUNDO: Confirma la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial del Estado Apure, Sede Guasdualito, en fecha 25 de Noviembre de 2.009, mediante la cual declaró CON LUGAR, la Acción Posesoria de Amparo a la Posesión Agraria, intentada por el ciudadano Oscar Ricardo Jaimes Robles.-
TERCERO: Se ordena remitir en el lapso correspondiente, bajo oficio las presentes actuaciones al Tribunal de la causa.-