Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, el vehiculo de las siguientes características, Marca: JEE; Modelo: COMANCHE CHIEF; Placas: 81D-CAD; Año: 1.988; Color: BLANCO; Tipo: PICK-UP; Serial de Carrocería: 8YTML655XJV055836, Serial de Motor: 8 CILINDRO y Declara la Desposesion Jurídica del mismo. Solicita el derecho de palabra la parte actora, asistido de Abogado y concedídole como le fue, expone: Por cuanto el vehiculo Embargado no cubre el monto señalado en el Despacho de Comisión, pido a este Tribunal mantenga la Medida de Embargo abierta, es todo. El Tribunal procede a hacer entrega formal del vehículo Embargado al Depositario Judicial ciudadano JOSE GREGORIO LEON SULBARAN, antes identificado, quien estando presente manifiesta que lo recibe conforme y mantendrá a la orden del Tribunal de la Causa en la siguiente dirección: Barrio Luís Herrera, Calle Principal, casa Nº 13, de esta ciudad d.....