Firme como ha quedado la Redención de la Pena por el Trabajo y el Estudio al Penado: MUJICA JAIME ARNOLDO, mayor de edad, Titular de la cedula de identidad N° 9.510.264, por la comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA, se desprende que el penado fue condenado a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRESIDIO; evidenciándose que el mismo tiene un tiempo de detención de TRES (03) AÑOS Y CINCO (05) MESES, contados desde el 05-04-2002, hasta la presente fecha, pero como quiera que en fecha 05-08-05 se le redimió la pena en UN (01) AÑO, SIETE (07 MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS, le da un total de cumplimiento de pena con la redención, de CINCO (05) AÑOS, Y VEINTICUATRO (24) DIAS, hasta el día de hoy 05-09-2005, faltándole pena por cumplir un tiempo de DOS (02) AÑOS, CINCO (05) MESES y SEIS (06) DIAS. Pena que vence en su totalidad el 11-02-2008. Se observa del presente computo, que al penado le procede el Beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL; todo de conformidad a lo establec.....