Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
1. ADMITE la acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano JOSE LUIS URRUTIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 10.133.402, debidamente representado por el abogado en ejercicio ALBERTO LUIS BOLIVAR GUEVARA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 8.156.047, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 40.222, contra el INSTITUTO NACIONAL DE CANALIZACIONES, en virtud de la omisión de darle cumplimiento al acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 016-2007, de fecha 27 de abril del 2007, dictada por la Inspectoría del Trabajo de la ciudad de Guasdualito, Municipio Páez, Distrito Alto Apure del Estado Apure, mediante la cual se le ordenó a dicho In.....