este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO POR DESAFECTO, incoada por la ciudadana: ANAIDA JOSEFINA QUERALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-11.754.957, debidamente asistida en este acto por la Defensora Publica Abog. SUELKYS RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 113.239, contra el ciudadano: MARCO ANTONIO PULIDOR FUENTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-15.047.105, Y en consecuencia DISUELTO el Matrimonio Civil contraído por los ciudadanos: ANAIDA JOSEFINA QUERALES y MARCO ANTONIO PULIDOR FUENTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrosº V-11.754.957 y V-15.047.105.