PRIMERO: Sin Lugar la apelación formulada por el abogado JOSE GREGORIO TREJO FIGUEREDO, en contra de la sentencia del A-quo, de fecha 06 de junio del 2.005.
SEGUNDO: Con Lugar la demanda de nulidad del documento que contiene el negocio jurídico traslativo de propiedad, celebrado entre la Caja de Ahorros y Prestamos de la Policía del Estado Apure, y la Organización Comunitaria de Vivienda O.C.V "Inspector José Gregorio Trejo", protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 25 de febrero del año 2.000, bajo el No. 13, Folios 70 al 74, Protocolo Primero, Tomo Quinto, Primer Trimestre del citado año.
TERCERO: Confirmada la sentencia de fecha 06 de junio del 2.005, dictada por el Tribunal de la causa, por la cual declaró CON LUGAR la presenta demanda que por Nulidad del Documento contentivo de la cesión de derecho de propiedad que se encuentra protocolizado por ante la oficina Subalterna de Registro Público de San Fe.....