este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de su propiedad, según consta de Título de Adjudicación en Propiedad de Parcela en Tierras Urbanas Públicas, debidamente registrado por ante el Registro Público del Municipio San Fernando del estado Apure, bajo el Nº 2013.1429, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N° 271.3.6.1.10333 y correspondiente al libro del Folio real del año 2013, en fecha ocho (08) de mayo del año dos mil trece (2.013), presentado en original para su vista y devolución; constante de SEISCIENTOS METROS CUADRADOS (600,00 M2); ubicado en el Barrio "EL RECREO", sin numero cívico, de esta ciudad de San Fernando del estado Apure, .....