En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1.-Competente para conocer, en primer grado de jurisdicción, la presente causa;
2.-Admite el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el ciudadano Gabriel Andres Orozco Delgado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº. 25.260.721, debidamente asistido por la abogada Victelia Mavel Rodriguez de Maldonado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 109.744, contra la Gobernacion del Estado Apure.
3.-Improcedente el Amparo Cautelar.