Visto el pedimento suscrito por el ciudadano JESUS LORENZO CASTILLO, CEDEÑO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.218.471, debidamente asistido por el Abg. GUSTAVO ADOLFO GRATEROL MENDOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 290.113, y observándose que en fecha 08-02-2024, éste Tribunal dictó Sentencia mediante la cual se declaró disuelto el vínculo matrimonial que unía al mencionado ciudadano, con la ciudadana ROSMALYS GUMERLY CASTILLO CEDEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-25.888.741, por lo que se ordena su ejecución, en consecuencia, se acuerda expedir a la parte solicitante Un (01) juego de copias de la Decisión debidamente certificada por secretaría conforme a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y junto con oficios remítanse las necesarias a las Autoridades Civiles competentes, a los fines que estampen la Nota Marginal respectiva; asimismo se ordena el cierre definitivo de la present.....