DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: SIN LUGAR, la solicitud formulada por el ciudadano: Luís M Arriaga Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad personal N°: 14.812.418 residenciado en el Municipio Achaguas, Av. Principal La Granja, del Estado Apure; asistido del abogado en ejercicio Dr. Edgar Arriaga. O, venezolano. Mayor de edad, titular de la cedula de identidad personal N°: 13.255.738 e inscrito en el Inpre Abogado bajo el N° 135.884; mediante la cual pidió de este Tribunal se ordenara la practica de una nueva experticia en el vehiculo de las siguientes características: PLACA: VAW-239; MARCA: FORD; MOTOR: 06 CILINDRO; SERIAL DE CARROCERIA: AJ32WE41806; MODELO: ZEPHYR; AÑO; 1980: COLOR; ROJO CLASE; AUTOMOVIL; TIPO; SEDAN; USO; PARTICULAR, que refi.....