Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de La Ley, resuelve:
Único: Declarar Consumada la Perención y Extinguida la Instancia en el presente Recurso de Nulidad del Acto Administrativo de Efectos Particulares conjuntamente con Acción de Amparo Constitucional Cautelar, ejercido por las ciudadanas Sandys Tovar, Adriana Sandoval y Yocasta Valdez, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº. 23.699.658, Nº 24.518.624 y Nº 21.004.316, de este domicilio, debidamente asistidas por el abogado José Luis Fleitas Carrasquel, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 46.677, contra el Concejo Académico Bolivariano Estadal de la Salud del Estado Apure (CABES).