CON LUGAR la acción de DIVORCIO 185-A instaurada por los ciudadanos ROLANDO EVELIO HERRERA y ZORAIDA MARIA TOVAR, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas Nros. V-9.872.623 y V-11.242.111, según el Artículo 185-A del Código Civil. Y en consecuencia, se declara disuelto el vinculo Matrimonial que los unía, contraído por ante la Prefectura del Municipio San Fernando, Estado Apure.