En consecuencia por todos los argumentos expuestos, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE. Declara:
PRIMERO: DECLARA HOMOLOGADO el Desistimiento del Procedimiento realizado por el apoderado judicial Abogado JUAN ANTONIO ALMEIDA, titular de la cédula de identidad Nº 4.138.103, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 113.230 de la ciudadana SONIA JUDIT SALCEDO SERENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.183.864 parte demandante en el presente juicio incoado contra la FUNDACIÓN NIÑO SIMÓN DEL ESTADO APURE, con motivo a la reclamación de cancelación de Prestaciones Sociales y Otros Beneficios Laborales.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure......