(...) Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto en fecha diecisiete (17) de julio de 2009, por el abogado Ángel Alí Aponte actuando en su propio nombre y representación; SEGUNDO: Se confirma el auto apelado dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de fecha quince (15) de julio de 2009; TERCERO: No hay condenatoria en costas.