Conforme a todo lo antes expuesto, este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS APURE Y AMAZONAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE por la Materia, declina la competencia al Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, para que conozca del presente asunto, de conformidad con el artículo 5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se acuerda remitir mediante oficio al Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, el presente expediente a los fines legales pertinentes. Líbrese oficio.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, por la naturaleza de la decisión.
CUARTO: Publíquese la presente decisión en el portal web del Tribunal.....