UNICO: SIN LUGAR la solicitud de sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que conforme a las previsiones del Artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, le fuera decretada al ciudadano: JHOFRE JOSE ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V.- 23.700.973; por encontrarse incurso en la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR; donde aparece como victima, el Ciudadano TOMAS RAFAEL SALINAS, por parte del Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure. En consecuencia se mantienen en vigor la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada al ciudadano antes identificado, en idénticas condiciones a como les fueron impuestas.
LA JUEZA PRIMERA DE JUICIO,
DRA. YULI BALI ARVELO.
EL SECRETARIO
DR. JOSE MILANO
.....