Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara INADMISIBLE la presente solicitud de Autorización Judicial para Viaje al Exterior, suscrita por la ciudadana ZULAY JOSEFINA MARTINEZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.755.642, asistida por los Abogados MANUEL EDUARDO RICO GONZALEZ y NEUGLIS JANDRELYS PEREZ MACIAS, Venezolanos, Mayores de edad, Inscritos en el I.P.S.A bajo los N° 226.906 y N° 296.238, actuando a favor de sus nietos, (Se omite de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de conformidad con lo establecido en los artículos 393 y 489-J de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y A.....