DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Se confirma el fallo consultado con las siguientes modificaciones SEGUNDO: Se condena a la Gobernación del Estado Apure a cancelar al actor las siguientes cantidades: por concepto de indemnización de antigüedad (antiguo régimen, artículo 666, de la Ley Orgánica del Trabajo, 1990) VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 20.000,00), bono de Transferencia (antiguo régimen, artículo 666 literal "b" de la Ley Orgánica del Trabajo vigente) CUARENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 45.000,00), Prestación de antigüedad (nuevo régimen, artículo 108 ejusdem) UN MILLON CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 1.196.647,37), vacaciones y bono vacacional SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHENTA Y DOS BOLÍVARES CON NOVENTA .....