II. DISPOSITIVA
Es por todo lo antes expuesto que éste TRIBUNAL MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, por decisión dictada por el voto de la mayoría de los escabinos, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECIDE: PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano JUAN JOSÉ CARDOZA PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.154.686, nacido en fecha 24-06-1958, natural de San Fernando, estado Apure, de profesión educador y Comunicador Socia, residenciado en la Avenida Marqués del Pumar, Primera Transversal, casa Nº 10, Guasdualito Estado Apure, por la comisión del delito de OBTENCIÓN ILEGAL DE UTILIDAD EN ALGÚN ACTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, tipificado en el artículo 72 de la Ley contra la Corrupción, por el cual fue acusado por la Fiscalía Décimo Cuarta del Ministerio Público de Guasdualito, estado Apure. SEGUNDO: No se conden.....