Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO ORDINARIO, fundamentada por la causal 3ra del Código Civil Venezolano, es decir "Excesos sevicias e injurias graves que hacen imposible la vida en común" incoada por el ciudadano SEGOVIA LOPEZ RAFAEL ARTURO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.598.077, con domicilio en la Urbanización la Guamita II-A, calle Río Cinaruco al Final, frente a la Iglesia Columna de Fuego, Parroquia El Recreo, Municipio San Fernando del Estado Apure, asistido por el Abogado HECTOR MANUEL VELAZQUEZ GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 156.771, en contra de la ciudadana DENNYS DAILY RUIZ LAYA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.883.029.-