DECISION
Por las razones que anteceden el Tribunal segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RECONSIDERA a favor del penado JOSE MANUEL HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 11.092.312, la SUSPENSIÓN
CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, que le fue revocada mediante auto de fecha 17 diciembre del 2004, y materializada en fecha 19 de octubre 2006, en consecuencia le impone el cumplimiento de las condiciones que le fueron fijadas en la decisión de fecha 07 de junio del 2000, y las demás impuestas en el texto de la presente decisión. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de la Región de Aragua, con sede en la Ciudad de Maracay, para que le sea reasignado un Delegado de Prueba y coordine la labor comunitaria impuesta. Trasládese e impóngase al penado de la presente decisión y dé.....