Por todo lo anteriormente expuesto, ESTE TRIBUNAL DE JUICIO MIXTO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO; Con fundamento en el literal "e" del Articulo 602 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en concordancia con los Artículos 13 y 22 del Código Orgánico Procesal Penal Venezolano, por remisión expresa del Articulo 537 de la Ley Especial en referencia y de manera unánime; ABSUELVE de toda responsabilidad penal, al ciudadano Adolescente (SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN DEL ADOLESCENTE POR MANDATO EXPRESO DEL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de la presunta comisión del delito de Abuso Sexual a Niño previsto y sancionado en el Articulo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Se ordena el cese de toda medida de coerción personal recaída en contra del acusado adolescente y por consiguiente, su libertad plena; TERC.....