En consecuencia y con fundamento en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia declara bastante y suficiente las justificaciones evacuadas para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la solicitante ciudadana: ELVA INES BUITRAGO DE TIRADO, ya identificada, sobre unas mejoras y bienehechurìas conformada por cuatro (4) habitaciones con tres (3) baños internos, una (1) sala comedor, una (1) cocina empotrada, paredes de bloques y cemento, techo de amachimbrado, piso de cerámica, ventanas y puertas de maderas, cercada totalmente con paredes de bloque y cemento, y rejas de hierro, dentro de los siguientes linderos: Norte: Calle Nº 2 y Casa de Paula Rodríguez; Sur; Casa de Maritza Silva; Este: Casa de Mirla Orellana Peña y Oeste: Casa de Rufina Martínez; Expídanse copias certificadas de ley.