TRIBUNAL MIXTO DE PRIMERA INSTACIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme al artículo 605 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente: DECLARA: PRIMERO: RESPONSABLE PENALMENTE al adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. como autor de los delitos de "ROBO AGRAVADO", previsto en el artículo 458 y "PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO", previsto y sancionada en el artículo 277, ambos del Código Penal vigente, en concordancia con los artículos 9 y 10 de la Ley de Armas y Explosivos, en perjuicio de CARLOS ALEXANDER MONTOYA, y el Estado Venezolano, en consecuencia se le impone el cumplimiento de la SANCION de PRIVACIÓN DE LIBERTAD por el periodo de dos (02) .....