Primero: Parcialmente Con Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial (Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales), interpuesto por el ciudadano José Julián Rattia, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 8.190.108, representado judicialmente por los abogados en ejercicio y de este domicilio Ysaías Alberto Fernández y Jesús Wladimir Córdoba, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo los Nros. 76.280 y 133.170, contra la Gobernación del Estado Apure; ello con fundamento a lo establecido en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Segundo: Se niega el pedimento efectuado por la parte querellante en el sentido de que fuere condenado el querellado a pagar la cantidad pecuniaria que discriminara en el escrito recursivo, conforme a lo expuesto ut supra.
Tercero: Se niega la solicitud de indexación por las razones antes expuestas.
Cuarto: Se ordena realizar ex.....