se demuestra que el joven (Se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), beneficiario de la presente causa, es mayor de edad, no se encuentran estudiando estudio alguno y se encuentra Emancipado; a los fines de providenciar al respecto, Declara Terminada la presente causa y se ordena al cierre y remisión al Archivo Judicial en esta ciudad, y oficiar al organismo empleador del obligado a los fines de Suspender las medidas en su contra.