IV.- DISPOSITIVA
Es por todo lo antes expuesto y razonado que éste TRIBUNAL UNIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Duodécima del Ministerio Público en contra del acusado CARLOS ALBERTO DÍAZ CÁCERES, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-11.129.153, de estado civil soltero, de 38 años de edad, natural de Trujillo, estado Trujillo, con fecha de nacimiento 06 de junio de 1.973, de profesión u oficio albañil, no reservista, residenciado en el barrio Libertador, calle principal, casa s/n, San Fernando, estado Apure, por la comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en perjuicio de la Salud Pública SEGUNDO: Se a.....