este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA : El SOBRESEIMIENTO de la Causa Nº 1U259-05 instruida en contra del ciudadano PEDRO LUIS SASTOQUE BERNAL, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-80.448.186, nacido en Villavicencio, República de Colombia, fecha 10-07-1957, oficio soldador, hijo de María de Sastoque, residenciado en la calle Sucre, casa N° 3-64, de esta ciudad de Guasdualito, Estado Apure, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley sobre la violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana VENEGAS DE ARMINOLA YOLANDA, todo de conformidad a lo establecido en los artículos 45 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se extingue la acción penal de conformidad a lo establecido en.....