DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley decreta LA EXTINCIÓN DE LA PENA de conformidad con lo establecido en el artículo 103 del Código Penal Venezolano y 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, por haber ocurrido la muerte de la Ciudadana: BELINDA RANGEL DE SERRANO, Titular de la cedula de identidad N° V.-E-28.209.406, Natural de Lebrija Santander (Colombia) residenciada en este país, Mayor de Edad, de profesión del hogar, Viuda. En consecuencia remítase la causa al archivo Judicial en la oportunidad legal. Notifíquese a las partes. Diarícese, publíquese, ofíciese, Cúmplase.
EL JUEZ (S) PRIMERO DE EJECUCION
ABG. EDWIN MANUEL BLANCO