D I S P O S I T I V A:
En atención a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la RECUSACIÓN planteada en fecha 12 de junio del año 2009, por el ciudadano JOSE DIONICIO ARRIAGA RETALLI, asistido por la abogada CATHERINE SALDEÑO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el numero 120.996, contra la ciudadana Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en la causa Nº 15652, nomenclatura de ese despacho, con fundamento en el numeral 17º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se ordena a la parte recusante a pagar una multa de DOS BOLIVARES (Bs. 2,oo), de c.....