En el escrito antes citado, los Abogados señalan como elementos de convicción los siguientes: a) Documento de venta por vía privada a nombre de Breys Yhon Mendoza Domínguez, señalando que lo "allegamos" en copia simple presentando el original. No pareciendo anexo al escrito lo indicado. B) Adjudicación hecha por el INTI de un lote de terreno, al ciudadano Breys Yhon Mendoza Domínguez y señalan copia simple de dicho documento, acompañada de copia de registro Agrario, copia de levantamiento topográfico y copia de certificación Provisional, los cuales tampoco aparecen anexos.
Este Tribunal, de conformidad con el artículo 407 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda que dichos documentos por ser los elementos de convicción invocados por la víctima a través de sus Apoderados especiales, son necesarios para emitir pronunciamiento con relación a la Admisibilidad de la Acusación. En consecuencia, se ordena que sean consignados en el la.....