este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: TERMINADO el proceso y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la Demanda de Colocación Familiar, incoada por la ciudadana EMILIA ROSA PULIDO DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.345.733, en contra de los ciudadanos JOSE GREGORIO SANTANA y LUJANDRA GABRIELA BELLO PULIDO, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-10.975.733 y V-15.680.892, en el orden indicado, de conformidad con lo establecido en el artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y así se decide.