DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD, al ciudadano JUAN CARLOS GIRÓN, titular de la cédula de identidad N° 15.204.599, nacido el 15.12.76, natural de Caracas, soltero, residenciado en la Avenida Revolución callejón Efe por detrás de la Clínica del Sur, hijo de Raimundo Betancourt y María Girón, comerciante, contenidas en el artículo 256, ordinales 3°, y 8° este último en relación con el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en presentación cada 15 días por ante el Área de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y Fianza Personal de dos (02) personas de reconocida buena conducta, domiciliados en está ciudad, responsables, con capacidad económica no menor del salario mínimo urbano cada uno, para atender las obligaciones que contraen. Por considerar que con dichas medidas se ven satisfechas la finalidad del Proceso. La imposición del salario mínimo urbano para los fiadores, se hace en consideración a la situación económica del país y .....